|
El Plan de Parto es una manifestación de voluntad escrita, el ejercicio del derecho de cualquier usuario a decidir libremente, a consentir o no consentir sobre las intervenciones médicas que se le propongan. Es por tanto una manifestación jurídicamente válida, basada en la Ley General de Sanidad y Ley Básica Reguladora de Derechos y Deberes en Materia de Información y Documentáción Clínica que los asistentes al parto han de respetar. Es recomendable enviarlo al Servicio de Atención al Usuario del hospital por correo con acuse de recibo y conservar el justificante de recepción que nos entregue correos. Enviaremos tres copias: una para Atención al Usuario, otra para el Servicio de Ginecología y Obstetricia, y otra para el Servicio de Neonatología, ya que ambos servicios están implicados en los cuidados de la parturienta y el neonato. Pediremos expresamente que el Plan de Parto se incorpore a nuestro historial y el día del parto llevaremos una copia por si fuera necesario entregarla a los asistentes. Tened presente que muchos profesionales sanitarios desconocen la ley y los derechos de los usuarios, y algunos piensan que los protocolos son de obligado cumplimiento para los usuarios. En caso de duda, pedid siempre la hoja de consentimiento informado y aseguraos de que realmente informa de los riesgos, indicaciones y alternativas de cada intervención. Si no es así no firméis nada. La renuncia al tratamiento propuesto no significa que puedan daros el alta obligatoria cuando existan alternativas (casi siempre existen soluciones alternativas). Un argumento muy común para conseguir que los usuarios se sometan a cualquier intervención propuesta es que el médico es "el responsable". Esto es falso en tanto responsable es quien responde, quien paga un precio por sus actos. Piensa que el precio siempre lo paga el paciente, ya que éste y no el médico es quien va a sufrir verdaderamente, en su piel, las consecuencias de los actos médicos.
|