ruizberdun
1 Feb 2018
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La primera enseñanza reglada de las matronas en España: El real colegio de cirugía de San Carlos de Madrid (I)

Escrito por Dolores Ruiz-Berdún


Cuando en 1991 Teresa Ortiz empezó a interesarse por el estudio de la historia de las matronas, se sorprendió de la escasa repercusión que este tipo de trabajos había tenido hasta ese momento en la historiografía española. Desde esa fecha ha aumentado significativamente el número de estudios sobre el papel de estas profesionales en la Historia de la Medicina. El presente trabajo pretende contribuir a aumentar el cuerpo de conocimientos sobre el tema y en concreto estudiar la forma en que se inició la formación reglada de las matronas en España. Durante el proceso de investigación se han localizado documentos inéditos hasta el momento en diversos archivos y centros de documentación: Archivo Histórico Nacional (AHN), el Archivo General de la Universidad Complutense de Madrid (AGUCM), la Biblioteca Histórica Marqués de Valdecilla (UCM, BH) o el Archivo Municipal de Alcalá de Henares (AMAH). Estos documentos constituyen una pieza fundamental para la reconstrucción de la historia de las matronas en España.

A excepción de los exámenes practicados por el Protomedicato, no existe constancia de que se intentase regular la formación de las matronas en España antes de finales del siglo XVIII. Es en esta época cuando surgieron los primeros proyectos al respecto, auspiciados por instituciones de gran prestigio. Una de estas instituciones fue la «Real Sociedad Bascongada de Amigos del País», donde se presentó, en 1775, una propuesta por parte de José de Luzuriaga. Dicha propuesta consistía en organizar una escuela de matronas similar a la existente en la Facultad de Medicina de París dirigida por los cirujanos Joseph Bertin y Jean Astruc. Se incluía en dicho proyecto la traducción de un libro de la matrona francesa Augier du Fot. El otro proyecto fue presentado, un año más tarde, en la «Regia Sociedad de Medicina y otras Ciencias de Sevilla». En esta ocasión estaba avalado por el socio cirujano Juan Bautista Matoni y pretendía crear también una academia para matronas. El propósito de esta academia era evitar «el perjuicio que en los partos difíciles causa la impericia de las matronas, por lo que es necesario ponerles ley que las obligue a mayor instrucción». Ninguno de estos proyectos llegó a materializarse. Sin embargo, unos años más tarde esta situación cambió con la inauguración del Real Colegio de Cirugía de San Carlos en Madrid.

El Censo de las matronas de Madrid de 1790

El 27 de marzo de 1790, la Sala de Alcaldes de Casa y Corte de Madrid, por mediación del secretario del Consejo de Castilla, Pedro Escolano de Arrieta, recibió un encargo original: censar a todas las mujeres que ejercían el oficio de comadre en la Corte en esos momentos. La Sala de Alcaldes de Casa y Corte era una estructura jurídica derivada del establecimiento de la Corte en la capital. Su función principal era aplicar la justicia y gobernar el territorio que constituía el rastro del rey, lo cual entraba en franca competencia jurisdiccional con el Concejo de la Villa, que era el órgano de gobierno municipal.

En 1790, Madrid tenía su demarcación dividida en ocho cuarteles, cada uno de ellos constaba a su vez de ocho barrios. Al frente de cada cuartel había un alcalde perteneciente a la Sala de Casa y Corte. De cada alcalde de Casa y Corte dependían los ocho alcaldes de barrio que había en cada cuartel. Todos ellos tenían la obligación de residir en el cuartel al cual estaban adscritos.

Los responsables de realizar el censo de las comadres que ejercían en Madrid fueron los alcaldes de barrio, que debían entregar un informe donde constase el nombre de cada una de ellas, dirección, estado civil y, en su caso, nombre y ocupación del marido, así como averiguar si estaban aprobadas o no por el Protomedicato. En menos de un mes la mayoría de los alcaldes había concluido el encargo. Algunos especificaban en sus informes la estrategia seguida para recoger la información: unos de manera personal, otros usando los libros de matrícula en los que censaban a todos los vecinos del barrio, o preguntando a los Cirujanos residentes en el Cuartel, o por mediación de los Porteros de Vara. A pesar del escaso número de mujeres que ejercían el arte de partear, los alcaldes de barrio no cumplieron por completo con lo re-querido por el Consejo, ya que no recogieron todos los datos que se les solicitaba.

En total se censaron 23 matronas, además de otras mujeres que ejercían por caridad y de las que se hacía mención sin tomar ningún dato de ellas. Mientras en el cuartel de Plaza Mayor no existía ninguna matrona, el cuartel que contaba con mayor número de ellas era el de Maravillas, en el que aparecían ocho.

Se contabilizaron ocho matronas que estaban examinadas por el Protomedicato, ocho sin examinar y de las siete restantes no había datos disponibles. Dos de estas últimas eran esposas de cirujanos: Andrea de las Peñas, vivía en el barrio de la Comadre, en la calle Real de Avapiés y estaba casada con el «maestro cirujano» Santiago Rodríguez. Por su parte, Isidora de la Rubia, vivía en el barrio de la Santísima Trinidad, junto a su marido, José Ventura Pastor.

Otras dos estaban ubicadas en centros de la Beneficencia en los que se asistía a los partos de mujeres indigentes o solteras: se trataba de Isabel Muñoz, destinada en la Casa de los Desamparados, y Manuela García, examinada, destinada en la casa de Nuestra Señora de la Esperanza. De una de la que no constan los datos, Victoria Rojo, se ha averiguado posteriormente que efectivamente estaba examinada, al encontrar un anuncio suyo en la prensa madrileña buscando trabajo. También se han localizado dos documentos de archivo sobre esta matrona donde se afirma que estaba aprobada por el Real Tribunal del Protomedicato, uno en el Archivo Histórico Nacional y otro en el Archivo de la Ciudad de Alcalá de Henare.

¿Cuáles fueron las razones que movieron al Consejo de Castilla a realizar este censo? Por un lado hay que tener en cuenta que se intensifica en esta época la regulación de todos los ramos que componen la Medicina y la Cirugía. El objetivo fundamental de esta regulación era evitar que estas profesiones fuesen ejercidas por ­personas que no se encontrasen capacitadas para ello, ya fuese por falta de conocimientos o de pericia. Hasta ese momento, la única forma aceptada por la autoridades de demostrar esos conocimientos era mostrando su título de examen expedido por el Protomedicato.

Sin embargo, la razón fundamental para realizar el censo fue, sin duda, la apertura de la Cátedra de Partos en el Real Colegio de Cirugía de San Carlos. El Real Colegio de Cirugía de San Carlos de Madrid se había creado por Real Cédula en 1780 con el fin de formar cirujanos civiles. Sin embargo, debido a una serie de problemas administrativos, en parte relacionados con su ubicación, el Real Colegio de Cirugía de San Carlos no inició su andadura hasta el día 1 de octubre de 1787. El Colegio nacía con total independencia del Tribunal del Protomedicato salvo en la realización de los exámenes.

Ese mismo año de 1787, se aprobaban por Real Cédula las ordenanzas formadas para el gobierno económico y escolástico del «Colegio de Cirugía establecido en Madrid con el título de San Carlos». En ellas, se recogían algunos aspectos relaciona-dos con la formación de las matronas.

En estos momentos, la asistencia de las matronas al parto se consideraba imprescindible, por lo que el Colegio debía proporcionarles «toda la instrucción necesaria para poder asistir con acierto y utilidad en cualquier tipo de urgencias que se les pudiesen presentar». Con este fin, el Catedrático de Partos debía dedicarse, en el tiempo y las horas que pudiese, y siempre sin perjudicar la enseñanza de los alumnos del Colegio, a instruir en una de las piezas del edificio, y a puertas cerradas, a las mujeres que quisieran aprender y tomar lecciones. A estas lecciones no serían admitidas las mujeres que no estuviesen casadas. Para demostrar este punto, las interesadas debían presentar a su profesor el certificado de matrimonio y la autorización o licencia de su marido para acudir a formarse.

La formación que debían recibir las matronas, según se recogía en las Ordenan-zas, consistía en el conocimiento de la anatomía femenina relacionada con el parto, denominadas «partes duras y blandas», las del feto, las condiciones que facilitaban o retardaban el parto, la manera de diagnosticar un embarazo, la forma de distinguir un parto natural de uno laborioso o prematuro, y el modo de asistir ambos tipos de partos, también debían saber socorrer a las criaturas cuando se precisase «el auxilio del arte», y la forma de administrarles el agua de socorro cuando peligrase su vida.

A partir del momento en que se aprobase la Real Cédula, ninguna de las matronas que residía en Madrid, podría alcanzar la aprobación del Protomedicato, sin presentar un certificado de haber asistido a la enseñanza dada en el Colegio.

Para los alumnos del Colegio, las asignaturas de la Cátedra de Partos se cursarían durante el tercer año de la carrera, de primeros de marzo a finales de julio, por lo que dicha Cátedra tardaría aún en inaugurarse. Y fue en la Junta que se celebró en el Colegio el jueves 25 de febrero de 1790 y a la que asistieron todos los miembros, donde se tomaron varias decisiones relacionadas con la formación de las matronas. Entre otros asuntos, se acordó formar y dirigir al Consejo de Castilla una representación para que este supremo Tribunal anunciase la apertura de un curso de partos destinado a la instrucción de las vecinas de Madrid que quisieran revalidarse por el Protomedicato. Las lecciones se darían en una habitación separada del resto de alumnos los lunes y viernes de cada semana, de 5 a 6 de la tarde. En la misma representación iría la propuesta de que, a falta de una enfermería práctica de partos, en la que los colegiales pudiesen aprender «las maniobras del Arte Obstetricia», esta pudiera suplirse en la Real Casa de los Desamparados, acudiendo cuando se le avisase el profesor de este ramo con solo sus discípulos matriculados1.

Observando la fecha de la carta, 5 de marzo, y a quien iba dirigida, el Consejo de Castilla, es fácil comprender que el censo encargado a los alcaldes de barrio estuviese relacionado con la apertura de la Cátedra de Partos para la enseñanza de las matronas.

En respuesta a esta carta, para informar de la apertura del curso a aquellas que estuviesen interesadas en acudir a estudiar al Colegio, se redactó un edicto con los requisitos de las candidatas. Pablo Ferrándiz Bendicho11, con fecha 13 de abril, mandó fijar seis copias de dicho edicto a las puertas del Colegio y sus inmediaciones. También se decidió que el día 16 de abril, a las 10 de la mañana se abriría el curso. Expirado el plazo de recepción de documentos para la admisión y matrícula de las alumnas, establecido para el día 15 de abril a las cinco de la tarde, solamente se había presentado una mujer llamada Isabel Palomino, que aunque no aportaba los papeles requeridos, se comprometía a entregarlos lo antes posible. Esta escasez de candidatas propició que se pospusiera la apertura del curso al día 19 de abril, y que ese mismo día el edicto fuese publicado en el Diario de Madrid.

El edicto tenía una doble finalidad: además de servir para publicitar el inicio de las clases, tenía un fin coercitivo sobre aquellas que atendían partos sin estar legalmente autorizadas a ello. Esta circunstancia sumada a la recogida de datos por parte de los alcaldes de barrio, debió tener un efecto represor importante sobre la actividad de aquellas que ejercían el «arte de partear» sin tener autorización.