GERMÁN (unverified)
24 Oct 2013
Te corrijo en un par de cosas, ANA. En la sanidad pública mayoritariamente (y yo no entro en casos particulares, como el de todas las que escribís en ese artículo), se respeta siempre el principio de no maleficiencia y el de beneficiencia (serían los principales, por así decir, lo queno quita importancia a los demás) El principo de autonomía se respeta siempre y cuando no entre en conflicto con los anteriores (es decir, si una mujer decide asesinar a su futuro hijo, o también llamado abortar, no se puede respetar el principio de autonomía de esa madre, puesto que iría en contra del principio de no maleficiencia de su hijo). El principio de justicia es perfectamente correcto en tu definición, y añadiría que no se equipara al principio de equidad, porque lo equitativo no siempre es justo. Lo que no se puede decir es que cuando vais a parir os convertís en cobayas. Por experiencia propia de 11 años sé que una madre puede negarse en todo momento a que la pongan oxitocina, a que la seden, incluso a recibir la epidural. Se"pasa por encima" de la madre, cuando la administración de un fármaco evita o disminuye el riesgo de lesiones o muerte para el niño.