
1. Para el nacimiento la ley española exige las siguientes condiciones (artículo 30 del Código Civil, redacción vigente desde el 23 de julio de 2011):
- nacimiento con vida,
- y entero desprendimiento del seno materno.
La supresión de los requisitos de "supervivencia durante 24 horas" y "forma humana" ha sido un gran logro de las asociaciones y profesionales que luchamos por la humanización de la atención a la pérdida gestacional y perinatal.