

Como Asociación, hemos realizado nuestro aporte de alegaciones al proyecto de reforma de la Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo.
1.- Por supuesto, hemos incidido en la necesidad de corregir la redacción del Artículo 27 que establece los principios de la protección y garantía de los derechos sexuales y reproductivos en el ámbito ginecológico y obstétrico, previsto en el Capítulo II Título III, con eliminación de la excepción introducida al consentimiento informado.
Creemos firmemente que la mujer tiene que ser informada de TODO PROCEDIMIENTO que se vaya a realizar durante su parto, sea o no invasivo, y que debe dar su consentimiento, verbal o escrito, antes de que se realice dicho procedimiento.