Equipo Blog
15 Jul 2015
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Sobre la inscripción de la pérdida gestacional

Imagen: http://www.kmberggren.com/

¿Recordáis este post?

Posteriormente a su publicación se aplazó hasta hoy la entrada en vigor de la disposición final cuarta, que dispone... "Figurarán en un archivo del Registro Civil, sin efectos jurídicos, los fallecimientos que se produzcan con posterioridad a los seis meses de gestación y no cumplieran las condiciones previstas en el artículo 30 del Código Civil, pudiendo los progenitores otorgar un nombre. Este archivo quedará sometido al régimen de publicidad restringida." ... Pero lamentamos comunicaros que finalmente se ha vuelto a prorrogar su entrada en vigor hasta el 30 de junio de 2017. Creemos, de todos modos, que esa medida es un paso más en el camino... pero que tenemos que seguir luchando para que algún día esos bebés también consten en el Libro de familia, de la que siempre formarán parte.