Susana Ferreiro Mediante
18 Jul 2013
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21 comentarios

Tres aclaraciones sobre la inscripción de la pérdida gestacional

1. Para el nacimiento la ley española exige las siguientes condiciones (artículo 30 del Código Civil, redacción vigente desde el 23 de julio de 2011):

  • nacimiento con vida,
  • y entero desprendimiento del seno materno.

La supresión de los requisitos de "supervivencia durante 24 horas" y "forma humana" ha sido un gran logro de las asociaciones y profesionales que luchamos por la humanización de la atención a la pérdida gestacional y perinatal.

2. Los bebés de más de 180 días de vida fetal que no reúnan esos dos requisitos del Código Civil, en principio, acceden solo al llamado "legajo de abortos", regulado en los artículos 45 de la Ley del Registro Civil y 171 a 174 de su Reglamento.

Ese asiento registral deberá expresar "las circunstancias exigidas para la inscripción de nacimiento y defunción y, particularmente, el tiempo aproximado de vida fetal y si la muerte de la criatura se produjo antes, al tiempo o después del alumbramiento, indicando, en este último caso, con toda exactitud, las horas del alumbramiento y muerte".

3. Dentro de un año (en concreto, el 22 de julio de 2014) entrará en vigor la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, conforme a la cual:

"Figurarán en un archivo del Registro Civil, sin efectos jurídicos, los fallecimientos que se produzcan con posterioridad a los seis meses de gestación y no cumplieran las condiciones previstas en el artículo 30 del Código Civil, pudiendo los progenitores otorgar un nombre. Este archivo quedará sometido al régimen de publicidad restringida."

No obstante, según su disposición transitoria novena, esta nueva norma "será de aplicación a todas aquellas defunciones acaecidas con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que así lo soliciten los progenitores en el plazo de dos años desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)", es decir, puede solicitarse hasta el 22 de julio de 2013, habiéndose publicado en el BOE el 22 de Julio de 2011.

Las solicitudes de inscripción de las pérdidas gestacionales ocurridas a partir de los 6 meses de gestación deberían admitirse a trámite antes de este lunes, pero resolverse cuando realmente entre en vigor la disp adicional cuarta (próximo verano).

Es un paso muy importante, pero... las pérdidas gestacionales del primer semestre siguen quedando en un vacío legal.

Habrá que seguir luchando, ¿verdad?

Para más información:

Lourdes Alonso
18 Jul 2013

Creo que es horrible sumar a la pérdida el no poder inscribirlos y que aparezcan en el libro de familia, menos mal que algo se va logrando con este tema. Gracias por la información!

Jillian (unverified)
19 Jul 2013
Sí ha sido un paso adelante para todos esto bebés que vivan desde 1 minuto hasta 23 horas y 50 minutos, durante todo su tiempo hospitalario se les consideran bebés y al morir se tornan "fetos". Pero a mi desde el principio de esta reforma no pude evitar la sensación de que esto sea un lavado de cara de lo que ya había. Antes se llamaba "Registro de Criaturas Abortivas" ahora no sé qué nombre tendrá pero al final al cabo es lo mismo: podrás registras tu hijo o hija en un libro "privado" con un nombre (no sabemos si podrá tener sus apellidos). Un libro de difícil acesso para cualquiera que no sean los padres. A me esto me traduce a algo que debe ser escondido y olvidado. Cuando se conseguirá volver a modificar esta ley? esta vez modificado para limpiar la imagen del estado sanitario por los problemas de los bebés robados y no por el dolor que sienten una familia al morir (o ser robado) su hijo o hija
Silvia Fernández Guardado (unverified)
19 Jul 2013

Enviado por Silvia Fernánd… (no verificado) el

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Me alegro de esta reforma. Queria haceros una pregunta; yo tuve qye hacer una interrupción del embarazo, ya que mi pequeña princesa tenia una de las denominadas enfermedades raras y no le daban esperanza alguna de vida, La interrupción se llevo a cabo a las 34 semanas de embarazo. Mi pregunta es: Podemos inscribirla?! Me dolio mucho que me preguntaran el nombre, para luego poner feto. Era mi princesita, gracias por vuestra ayuda.
Susana Ferreiro Mediante
20 Jul 2013

Jillian, estoy de acuerdo. Por una parte, me parece una reforma que se ha quedado a medias, solo un pasito más. Por otra, cambiar la ley es más fácil que cambiar la atención sanitaria, la conciencia social, el lenguaje.... Un abrazo.

Silvia, gracias por leernos. Pues te recomendaría que acudieses al Registro civil de tu ciudad este lunes, con la documentación que tengas de tu bebé, y solicites su inscripción (con nombre y apellidos) acogiéndote a las disposiciones adicional cuarta y transitoria novena de la ley 20/2011. Un abrazo.

Noemí (unverified)
23 Jul 2013
Gracias por publicar esta reforma. Lo leí a tiempo y hemos inscrito a nuestro hijo. El funcionario nos dijo que éramos la única pareja que lo había solicitado :-O (en esa oficina sería). De hecho no sabían cómo hacer el trámite y nos citaron para el día siguiente después de hablarlo con la jueza. Estoy muy contenta de tener un papel oficial, con su sello, donde figura el nombre de nuestro y el de sus padres. Como dices, se ha quedado a medias, pero es un pasito más, y a mí me reconforta mucho. Así que muchísimas gracias a Susana y a El Parto es Nuestro!!
Montse y Xavi (unverified)
1 Ago 2013

Enviado por Montse y Xavi (no verificado) el

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Perdimos a nuestra pequeña Anna horas en la semana 40 cumplida, horas antes del parto. Fue el 26 de diciembre de 2012. Fuimos en enero al ayuntamiento de nuestra población, en el registro civil no nos informaron de la reforma, de esta disposición para solicitar antes de julio de 2013 la inscripción de la defunción perinatal. Leí la información de este post el día después de terminarse el plazo para inscribirla. Al dia siguiente fuimos al ayuntamiento y no tenían ni idea de lo que les estaba hablando. Nos tomaron los datos y están "informándose" del tema... ¿Sabéis si existe algún trámite que podamos hacer para poder inscribir a nuestra pequeña Anna? Gracias.
Susana Ferreiro Mediante
20 Sep 2013
Montse y Xavi... Lo siento. Probablemente en vuestro Registro civil no estaban informados de esta reforma, espero que estos días lo hagan y se pongan en contacto con vosotros. De todos modos, ahora (entre 22 julio 2013 y 22 julio 2014) estamos en una situación jurídica rara, en la que no se sabe qué rige, y en Derecho transitorio suele aplicarse la norma más favorable a los derechos de la ciudadanía... En definitiva, yo volvería a pedir la inscripción de Anna: .indicando que en enero podríais haberlo logrado pero no os aplicaron el Derecho vigente .adjuntando copia de las disposiciones adicional 4ª y transitoria 9ª de la ley 20/2011 Espero que lo consigáis. Un abrazo
Laura (unverified)
24 Oct 2016
Buenos días, a principios de mes perdimos a nuestra pequeña Ariadna a las 31 semanas, he estado intentando inscribirla en el.registro civil tal comentado a los trabajadores lo de la ley 20/2011, pero me dicen que sólo la puedo inscribir en un libro de "legajos abortivos" y no me dan la opción de ponerle su nombre, he ido ya a 3 registros y me dan largas, qué puedo hacer?? Por otro lado, ha habido alguna modificación en el tema de la inscripción en el libro de familia?? El tema de la reforma Amanda, sigue estancado? Hay algún sitio donde poder inscribirse para dar apoyo? Muchas gracias, Laura
Anónimo (unverified)
22 Ago 2017
A ver, es un feto, no un niño, jamás llegó como quereis que sea igual que una persona, además eso del legajo es ridículo, es como inscribir: Hoy me he comprado unos zapatos, a que no les pondrás nombre? Pues igual pasa con un trozo de carne, que va a ser persona. Otra cosa es cuando ya has nacido, pero otra es cuando ni llegas y tienes mas forma de alien que otra cosa. Yo jamás inscribiría a una cosa como tal porque no lo ha podido ser y así es mejor. Que les diriais a las jóvenes adolescent de 16 años que han abortado para no ser madres en una temprana edad, que son madres? Venga ya
Carmen cm88 (unverified)
24 Nov 2017

Enviado por Carmen cm88 (no verificado) el

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Anónimo no eres más tonto por que no puedes,se nota que ni has sido madre o padre,espero que no temgas que vivir eso en tus propias carnes ni nadie de tu alrededor porque como alguien que esté oasando por una pérdida se tope con esa contestación pena me da,pero más pena me da tu pensamiento.
Isabel... (unverified)
30 Oct 2018
Buenas noches. No sé si entiendo bien de lo que habla este artículo. De poder dar un nombre al bebé en el legajo de abortos o de poderlo inscribir en el libelo de familia o en otro tipo de registro? Mi hija falleció a las 35 semanas de gestación hace casi un año. Está inscrita e el legajo de abortos (o registro de criaturas abortivas, no sé si es lo mismo) como "feto de...". Según esto, podría solicitar que en dicho registro tenga su nombre, verdad? Pero inscribirla en el libro de familia?? Gracias
Santiago (unverified)
14 Jun 2019
De entrada la gente maneja conceptos equivocados, la reforma de 2013 considera inscribible al niño desde que se desprende de su madre, ya sea vivo o muerto. Otra cosa es el "Legajo de abortos" donde se une la declaracion y parte de alumbramiento de criaturas abortivas, asi como la licencia de inhumación solamente de los niños que han llegado a los 180 días de gestación, por cierto, hay mucha confusion con lo del libro de familia, el libro de familia es un resumen de las inscripciones que atañen a una familia y sus componentes, en él no se inscribe nada. Las inscripciones se hacen en los Tomos de las diferentes secciones del Registro Civil, de hecho, el libro de familia está derogado por la ley 20/2011, pero se puede seguir usando hasta, en principio, 2020 debido a que esta ley no ha entrado en vigor en todos sus articulos por la falta de prevision del legislador.
PatriciaPablo (unverified)
16 Ago 2019

Enviado por PatriciaPablo (no verificado) el

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Hola. Escribo aquí porque estoy completamente perdida y la tristeza y rabia que siento me ha hecho ponerme manos a la obra. En 2012 di a luz a mi primer hijo,Pablo, en la semana 23. Se rompió la bolsa y ambos nos infectamos. Fue un pero de 11 horas,así que creo que es razón más que suficiente pra no llamarlo aborto. Y mi hijo nació vivo y vivió unas horas. Nos dieron los papeles porque nos dijeron que debíamos inscribir irle en el registro civil pero mi estado de tristeza en aquel momento,me hizo cometer el mayor error del mundo: hice un escrito dirigido al juzgado del registro civil pra pedir que nos permitiesen no inscribirle porque psicológicamente Iva a ser durísimo ver sus datos en nuestro libro y ver que mi hijo no estaba con nosotros. No hay día que no me arrepienta de ello y mucho más desde el año 2013, cuando día luz a mi segundo hijo,Hugo, que también falleció unas horas después de nacer. Él sí está inscrito en el libro de familia y siento que tengo una deuda enorme con mi hijo Pablo y que debo hacer lo que sea y lucha hasta lograr que él también forme parte de nuestro libro de familia,como mi primer hijo. Le estaría enormemente agradecida si me pudiese indicar qué puedo hacer,qué papeles debo recopilar,a quien debo dirigirme y cuáles son todas las vías posibles que puedo seguir para poner el nombre de mi primer hijo junto al de sus hermanos. Muchísimas gracias .
Lourdes (unverified)
26 Ago 2019
Hola Patricia, Lo siento muchísimo. Yo iría directamente al registro civil a consultar qué puedes hacer, entiendo que en el hospital tendrán tu historial con los datos del parto de tu hijo Pablo y podrás llevarlos al registro. Un abrazo, Lourdes
Ruth Campuzano
24 Ago 2019
Lo siento mucho. ¿Has preguntado en la asociación umamanita? A ver si alguien puede ayudarte. Un abrazo enorme.
Ana Casas (unverified)
2 Feb 2020
Yo tuve un parto a las 28 semanas de gestación, el bebe estaba muerto, esto paso en enero 1997, le tuve que enterrar, sabéis si puedo inscribirlo en el libro de familia ? Muchas gracias
MARIA MARIA (unverified)
10 Mar 2022

Enviado por MARIA MARIA (no verificado) el

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Existe un plazo de tiempo para inscribir un parto en el legajo de abortos. Fue hace muchos años y desconocía la existencia de ese libro para inscripciones, ni me informaron de su existencia. El mi hijo falleció a las 32 semanas de gestación. Sabia que no podía inscribirlo en el Libro de famia, pero nada mas.
Lu_parto
11 Mar 2022

Hola, María:

Lo siento mucho.

Te dejamos este enalce donde quizá encuentres la respuesta https://www.umamanita.es/libro-de-familia-derechos/

También puedes ponerte en contacto con las asesoras jurídicas de la asociación aquí https://www.elpartoesnuestro.es/contact

Un abrazo